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Tutela de un menor

División de Tutelas de un Menor

La División de Derecho Familia de la Corte Superior del condado de San Benito maneja todos los casos de tutela de un menor.

La tutela de un menor es un acto procesal de la corte en el que un juez otorga a alguien que no es el padre:

  • la custodia de un menor, o
  • el poder de administrar los bienes del menor (llamado "patrimonio"), o
  • ambos.

Existen dos tipos de tutela de un menor

  • Tutela de la persona, lo que significa que el tutor tiene la custodia del menor.
  • Tutela del patrimonio, lo que significa que el tutor administra los ingresos, el dinero u otros bienes del menor hasta que cumpla los 18 años.

Pero, si los Servicios de Bienestar Infantil (CWS, por sus siglas en inglés) están involucrados en su caso, probablemente tenga que ir a la corte de menores para averiguar qué puede hacer. Puede encontrar más información sobre la corte aquí.

Tutela de un menor: Preguntas frecuentes

Haga clic en los siguientes preguntas frecuentes para obtener más información.

No. Existen algunas diferencias:

En una tutela de un menor
  • Los padres siguen teniendo la patria potestad.
  • Pueden tener un contacto razonable con el menor.
  • La corte puede poner fin a la tutela si los padres son capaces de hacerse cargo del menor.
  • Los tutores son supervisados por la corte.
En una adopción:
  • Los derechos de los padres se terminan definitivamente.
  • La relación legal con los padres adoptivos es permanente y es exactamente igual a la de una familia biológica.
  • Un hijo adoptado hereda de su(s) padre(s) adoptivo(s), al igual que un hijo biológico.
  • Las familias adoptivas no están supervisadas por la corte.

En su mayor parte, el tutor tiene las mismas responsabilidades que los padres. Eso significa que el tutor tiene la custodia completa legal y física del menor. El tutor es responsable del cuidado del menor, incluido lo siguiente:

  • Alimentos, ropa y refugio
  • Seguridad y protección
  • Crecimiento físico y emocional
  • Atención médica y dental
  • Educación y cualquier necesidad especial
  • El tutor también puede ser responsable del comportamiento del menor y de los daños que pueda causar.

A veces, por mucho que los padres quieran a sus hijos, no son capaces de cuidarlos. Quizás uno o ambos padres:

  • tienen una enfermedad física grave,
  • están en el ejército y tienen que ir al extranjero,
  • tienen que ir a un programa de rehabilitación por un tiempo,
  • van a ir a la cárcel por un tiempo,
  • tienen un problema de abuso de drogas o alcohol,
  • tienen un historial de abusos, o
  • no pueden cuidar de su hijo por alguna otra razón.

La corte tomará en cuenta el mejor interés del menor para asegurarse de que crecerá en un entorno seguro, estable y con cariño. Un tutor legal puede cuidar de un menor cuando los padres no pueden hacerlo.

Parientes, amigos de la familia u otras personas pueden pedir ser tutores legales.

Sí. Si el menor tiene 12 años o más, puede pedir a la corte que le nombre un tutor.

La tutela del patrimonio de un menor se establece para administrar los ingresos, el dinero u otros bienes del menor hasta que cumpla los 18 años. Un menor puede necesitar un tutor del patrimonio si hereda dinero o bienes. En la mayoría de los casos, la corte nombra al padre superviviente como tutor del patrimonio del menor. En algunos casos, la misma persona puede ser el tutor de la persona y del patrimonio. En otros casos, la corte designa a dos personas diferentes.

El tutor del patrimonio tiene que:

  • administrar el dinero del menor,
  • hacer inversiones inteligentes y
  • administrar cuidadosamente los bienes del menor.

Se crea una tutela del patrimonio de un menor para administrar los bienes del menor. Se necesita cuando: el menor posee o recibe muchos bienes, como si heredara una casa o una gran cantidad de dinero.

La tutela del patrimonio no es necesaria cuando:

  • un menor solo tiene juguetes y ropa que no son costosos,
  • el niño recibe prestaciones de la seguridad social o de la Asistencia temporal para familias necesitadas (TANF, por sus siglas en inglés)/Oportunidad de trabajo y responsabilidad hacia los niños de California (CalWorks, por sus siglas en inglés) (asistencia social)

Si usted no está seguro de si es necesaria una tutela del patrimonio, hable con un abogado privado.

 

El costo de la petición para la tutela de la persona solamente es de $205, el de la tutela de la persona Y el patrimonio es de $355. Para conocer las cuotas actuales de presentación para la tutela de la persona o la tutela del patrimonio, consulte la lista de cuotas actuales de la Corte Superior del condado de San Benito, que se encuentran aquí. Si tiene bajos recursos, es posible que pueda calificar para una exención de cuotas y no tener que pagar una cuota de presentación. Los formularios de exención de cuotas y la información se pueden encontrar aquí. Si está solicitando la tutela de la persona y es pariente del menor del que está pidiendo la tutela, también puede haber una cuota por la investigación de la tutela. La investigación de la tutela se realiza por el Departamento de Legalización de Testamentos uno o dos meses después de la presentación de la petición de la tutela. Un investigador de tutelas de menores lo visitará, recorrerá su casa y le preguntará por qué es necesaria la tutela. Después, el investigador presentará un informe a la corte en el que indicará si la tutela es apropiada. Esta cuota puede ser de varios cientos de dólares, pero si usted tiene bajos recursos es posible que pueda ser elegible para una reducción de la cuota o para un plan de pago. Los arreglos del pago deben hacerse con el Departamento de Libertad Vigilada, no con la corte.

El Centro de ayuda civil puede ayudarle a completar el papeleo para pedir a la corte la tutela de la persona de un menor de edad. Puede recoger los formularios que necesitará para solicitar la tutela de la persona en la corte con el pago de una cuota. Si necesita ayuda para llenar los formularios para pedir la tutela o tiene alguna pregunta, comuníquese con el Centro de ayuda para hacer una cita por teléfono al (831) 636-4057. Tenga en cuenta que el Centro de ayuda civil solo ayuda con la tutela de la persona de menores de edad. El Centro de ayuda civil no ayuda con la tutela del patrimonio de un menor o la tutela de un adulto.

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